Restricciones para los extranjeros




Esta pandemia estableció una nueva forma de relacionarnos con las personas, en este caso con los turistas ya que despuĆ©s de la reapertura del turismo nacional tambiĆ©n se abrieron las puertas al internacional trayendo consigo nuevas normas de salud que ya se habĆ­an tomado desde el inicio de la pandemia. Los protocolos de bioseguridad se tomaron con seriedad en el Ć”mbito turĆ­stico especialmente al pĆŗblico internacional ya que todavĆ­a se tenĆ­a que prevenir una cadena de contagio. El Ministerio de Salud tomó medidas para los turistas que deseen visitar el paĆ­s en estos tiempos teniendo en cuenta las dosis de vacunación y que no presenten sĆ­ntomas de contagio pasando por un exigente filtro. Actualmente ya se tienen activadas algunas agencias donde estas prestaran sus servicio al pĆŗblico SegĆŗn el Decreto Supremo N° 005-2020-MINCETUR (2020) indica “Que se aprobó el Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo con el objeto de establecer las disposiciones administrativas para la adecuada prestación del servicio de las agencias de viajes y turismo que opera en el paĆ­s” (p.1).Las restricciones no solo se dieron para los turistas extranjeros ya que los turistas nacionales y la gente que vive del turismo tomaron las nuevas restricciones para que la experiencia turĆ­stica no se vea afectada por esta enfermedad.


Todas estas restricciones se cumplen tanto en el Ć”mbito turĆ­stico como en el gastronómico poniendo en este Ćŗltimo mĆ”s Ć©nfasis ya que aquĆ­ se manipulan alimentos que llegan al plato del turista. Los atractivos turĆ­sticos a su vez como Machu Picchu que tienen una gran afluencia de personas tiene que cumplir con las medidas de distanciamiento para evitar cualquier tipo de contagio durante la visita a los monumentos arqueológicos para eso se necesita que el sector estĆ© formalizado para asegurarse que cumpla con dichas medidas. SegĆŗn argumenta el Decreto Supremo NĀŗ 005-2020-MINCETUR (2020) que para el “Plan para la Formalización del Sector Turismo 2019-2021”, el objetivo es formalizar y mejorar la capacidad de competitividad en los servicios del turismo para su mejora en las cuales se proponen diferentes actividades. Por lo cual se consideró necesario un nuevo reglamento que permita el ordenamiento de las diferentes agencias de viajes para el turismo en general.


El uso de los medios digitales para obtener servicios de hoteles, restaurantes y centros recreativos hace que se reduzca en gran porcentaje el contacto y a su vez facilita hacer todo el trĆ”mite ademĆ”s es una buena opción para evitar el contagio segĆŗn disposiciones complementarias transitorias del Decreto Supremo NĀŗ 005-2020-MINCETUR (2020). Los agentes de viajes turĆ­sticos tendrĆ”n una nueva forma de atención al ofrecer sus servicios. Por lo cual se usarĆ”n los canales digitales, estos pueden ser de manera exclusiva o no, para poder cumplir todo lo seƱalado en el reglamento, las cuales se deben adecuar para que califiquen para la prevista en el numeral 9.2 del artĆ­culo 9 del presente reglamento en en turismo. 

Imagen:

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REFERENCIA :

Castillo Mamani, J (2020). El marco de la pandemia del Covid 19 y su influencia en la gestión de restaurantes turísticos del distrito de Urubamba 2020 [Tesis de Maestría, UNSAAC]

http://hdl.handle.net/20.500.12918/5986

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